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I. MEMORIA GENERAL
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5.-PROPUESTAS
DE ACTUACIÓN. 5.1.-EDIFICACIÓN. En
función de los grupos de elementos fundamentales en la edificación recogidos
en el apartado 3.2 del capítulo “I MEMORIA GENERAL”, se han elaborado
unas actuaciones a realizar en cada uno de los edificios analizados en
el apartado 1 de este Capítulo. Las
propuestas de actuación que se describen tienen como objetivo la consecución
de los siguientes niveles de accesibili 1º)Dotar de accesibilidad a los diferentes espacios
de los edificios, ya sean áreas con usos determinados o espacios de
comunicación de los anteriores. 2º)Dotar de accesibilidad a los elementos de
acceso a los mismos desde el exterior y a los elementos que permiten la
comunicación interior, ya sea horizontal o vertical. En
los apartados anteriores se han seguido los parámetros recogidos en la
normativa andaluza en vigor en materia de accesibilidad ya comentada con
anterioridad. 3º)En
relación con el apartado de señalización
en el exterior y en el interior de los edificios, en general, sería conveniente la realización de un proyecto
específico de reubicación de señales y en algunos casos la incorporación
de algunas nuevas, con el objetivo de facilitar tanto a visitantes de
los mismos, como a los propios ocupantes la compresión y utilización de
los espacios y de la actividades que en ellos tienen lugar. Por ello,
no se ha valorado esta actuación
edificio a edificio, sino que la recogemos de forma general en este apartado. El apartado de
señalización tiene especial importancia en los edificios de uso docente,
sanitario y administrativo. 4º)En
relación con la ubicación del mobiliario
en el interior de los espacios de los edificios, problema que se ha
detectado en algunos de ellos, se
ha recogido en las fichas correspondientes como un déficit, pero no se
ha valorado la actuación que supondría una reubicación más racional
del mismo, ya que al igual que en el apartado anterior requeriría un análisis
de aquellos espacios que tienen el problema desde la óptica de la racionalización
del espacio de trabajo. 5º)Por
último, en el caso de edificios
o instalaciones en los que técnicamente no sea posible la eliminación
de sus barreras arquitectónicas (insuficiencia de espacio, imposibilidad
de implementar ayudas técnicas, incompatibilidad con la estructura portante
del edificio, etc.) se propone desde este Plan de Accesibilidad su sustitución
por un edificio nuevo en el mismo lugar del actual. Para ello, se aporta
la valoración de la actuación como el COSTE DE REPOSICIÓN A NUEVO del
inmueble completo. 5.2.-URBANISMO, TRANSPORTE Y COMUNICACIÓN. En
función del análisis realizado en el capítulo “III. PLAN DE ACCESIBILIDAD
EN EL URBANISMO, TRANSPORTE Y COMUNICACIÓN”, se han planteado las actuaciones
necesarias a realizar en los diferentes tramos de cada uno de los itinerarios
analizados. 1º)En referencia al aspecto del urbanismo
han resultado unos grupos de problemas que se van repitiendo en todos
los itinerarios, por lo que el abanico de soluciones está muy sistematizado
en función de aquéllos. Se ha hecho una valoración precisa de los grupos
de soluciones propuestas en cada uno de los tramos en los que se subdividen
los itinerarios analizados. Estas
soluciones se han planteado en función de los parámetros recogidos en
la normativa vigente en materia de accesibilidad en la Comunidad Autónoma
Andaluza en este momento. 2º)En relación con el transporte y dado que
los municipios objeto del Plan Provincial de Accesibilidad que nos ocupa,
no tienen competencias en materia de Transporte, la solución que se plantea para resolver los problemas de las paradas
de autobús con las que cuentan casi todos los municipios se ha hecho a través de la proposición de
una ordenanza específica que regule las características de las mismas
y que se describe en el punto siguiente. 3º)En relación a la señalización en las vías
públicas y en los parques y plazas, que en la mayoría de los casos
no existe o es confusa, sería necesario realizar un proyecto específico
de ubicación de señales de tráfico o indicadores de edificios, instalaciones
o lugares de interés a acometer por los servicios técnicos del Ayuntamiento
de urbanismo, obras públicas y tráfico. En
este documento se ha propuesto
una ordenanza específica en relación a este aspecto que se describe
a continuación. 5.3.-ORDENANZAS. Creemos
que, para llevar a cabo el objetivo de un municipio lo más accesible posible
enmarcado en la normativa vigente, no sólo es necesario el diagnóstico
concreto de las barreras físicas existentes en él y la proposición de
soluciones a las mismas, sino que también es necesario modificar o crear
nuevas ordenanzas en el municipio, basadas en la filosofía de la accesibilidad
del entorno construido. En
este documento hemos recogido las que nos parecen fundamentales, no olvidando
que la lista de las mismas podría incrementarse en función de las necesidades
del municipio en un momento determinado. 1º)ORDENANZAS
DE LA EDIFICACIÓN. a)Edificios residenciales (Viviendas plurifamiliares
y unifamiliares).En este apartado hay que hacer distinción entre las zonas
comunes de los edificios y las propias viviendas. Respecto
de las zonas comunes, es decir, accesos desde el exterior, recorridos
de comunicación horizontal y vertical hasta llegar a las viviendas, incluso
cuando no sea obligatoria la colocación de ascensor, tendrán que ajustarse
a las especificaciones de la normativa en vigor en materia de accesibilidad.
Esto supone modificar algunos parámetros con los que aún se están diseñando
y construyendo edificios de viviendas. Respecto
de las viviendas los parámetros fundamentales a regular, siguiendo lo
especificado en la normativa en vigor, son los que siguen: -Comunicación
horizontal: anchos de pasillos y puertas de paso o de acceso a la vivienda. -Aseos
o baños. En estos espacios los principales problemas no vienen derivados
necesariamente de la escasez de espacio, sino de la ubicación misma de
los aparatos sanitarios, que muchas veces para conseguir la accesibilidad
del mismo, es necesario reubicarlos completamente, lo que desde el punto
de vista técnico y económico resulta inviable en muchas ocasiones. b)Edificios de viviendas unifamiliares.
En este apartado sería conveniente explicitar unas condiciones mínimas
de amplitud de espacios que resulta imprescindible cuando por necesidades
de los usuarios ha de adaptarse la vivienda de su propiedad. Los espacios,
normalmente problemáticos, son los que se indican a continuación: -Acceso
a la vivienda desde el exterior a través de escalera. Junto a ella debe
existir un espacio necesario para la colocación de la ayuda técnica alternativa. -Comunicación
vertical. Ancho y forma de la escalera, así como los embarcos y desembarcos
de la misma par permitir la colocación de la ayuda técnica alternativa. En
este apartado el nivel de accesibilidad ideal estaría cubierto con la
colocación de una plataforma de recorrido vertical o un ascensor, pero
pensamos que en las viviendas unifamiliares de parcela mediana o pequeña
esta solución resulta casi imposible. -Comunicación
horizontal: anchos de pasillos y puertas de paso o de acceso a la vivienda. -Aseos
o baños. En estos espacios los principales problemas no vienen derivados
necesariamente de la escasez de espacio, sino de la ubicación misma de
los aparatos sanitarios, que muchas veces para conseguir la accesibilidad
del mismo, es necesario reubicarlos completamente, lo que desde el punto
de vista técnico y económico resulta inviable en muchas ocasiones. 2º)ORDENANZAS
EN EL URBANISMO. a)En relación al mobiliario urbano pensamos
que los problemas detectados no están necesariamente relacionados con
los tipos de mobiliario existente (aunque serían mejorables en cualquier
caso), sino que están relacionados con la ubicación de los mismos en las
vías públicas o espacios libre. En este sentido, sería necesario modificar
o introducir prescripciones concretas de ubicación en las normas urbanísticas
al respecto en relación a los parámetros recogidos en las normas de accesibilidad
vigentes en este momento. Con esta estrategia se buscan, fundamentalmente,
dos objetivos: 1º)Que
el mobiliario no suponga un obstáculo en la utilización del espacio público. 2º)Que
el propio mobiliario permita en su diseño y construcción posterior su
utilización por todas las personas, incluidas las discapacitadas. b)En relación a los tipos de pavimento a emplear
en espacios exteriores, podemos remitirnos al apartado anterior, ya que
la propuesta que se realiza va en línea idéntica. c)En relación a los parámetros de diseño de
las zonas nuevas a urbanizar, conviene modificar las ordenanzas existentes
en la materia, siguiendo las prescripciones recogidas en la normativa
de accesibilidad en vigor. 3º)ORDENANZAS
DE SEÑALIZACIÓN. a)En la edificación, los criterios fundamentales
en base a los que realizar el proyecto, sea de reubicación, sea de nueva
implantación, se indican a continuación: -Indicación
del nombre del edificio en el exterior del mismo (Lengua española y braille). -Indicación
de todos los espacios de utilización colectiva en el vestíbulo de entrada
del edificio y por plantas en la zona de distribución de las mismas. (Lengua
española, plano en relieve y braille, información sonora cuando las actividades
así lo requieran) -Indicación
del nombre de cada espacio de utilización colectiva en la puerta de entrada
del mismo.(Lengua española, indicador específico en paramento vertical
u horizontal con textura y color) -Las
características básicas de los carteles indicadores deben ser, al menos,
las que siguen: Letras simples de grosor amplio y de tamaño grande; fondo
que contraste claramente con las letras; evitar superficies brillantes
o que produzcan destellos; altura de colocación en los paramentos. b)En el urbanismo, los criterios fundamentales
en base a los que realizar el proyecto, sea de reubicación, sea de nueva
implantación, se indican a continuación: -Indicación
del nombre del municipio en cada uno de los accesos al mismo. -Indicación
de los equipamientos y áreas libres más importantes en el inicio de los
diferentes recorridos que llevan a ellos, así como, en cada uno de los
cambios de sentido o bifurcaciones de los mismos. -Las
características básicas de los carteles indicadores son similares a las
ya especificadas para la edificación, aunque al tratarse de escala urbana
los grosores y tamaños de las letras se resuelven en esta escala. Además,
deben ser carteles indicadores de doble lectura, es decir, que se puedan
comprender en las dos direcciones de movilidad que permite cualquier acera
o espacio para peatones, aunque es evidente que también son carteles para
los usuarios de vehículos rodados. -Indicación
de las áreas libres más importantes en los accesos de las mismas, con
características similares a las que antes se plantearon para los edificios.
(Lengua española, plano en relieve y braille) 4º)ORDENANZAS
DE PARADAS DE AUTOBÚS. a)El mobiliario de espera del autobús debe
seguir los parámetros recogidos en la normativa de accesibilidad en vigor. b)Señalización e Información. Estos dos
aspectos están relacionados entre sí y por ello se colocan en el mismo
apartado. En
cuanto a la información es importante recoger con claridad los diferentes
autobuses que utilizan la parada, con indicación de origen, destino, y
la parada en la que pone el indicador. También se han de recoger los horarios
aproximados de las diferentes paradas que realiza cada uno de ellos. (Lengua
española y braille e información sonora) En
cuanto a la señalización habrá que seguir los parámetros recogidos en
la normativa de accesibilidad en vigor. Teniendo
en cuenta las variaciones que puede experimentar esta información, se
utilizará un sistema desmontable que permita de forma simple su sustitución. c)Las características básicas de los carteles
de señalización e información pueden seguir las pautas recogidas en
los dos apartados anteriores, diferenciando la señalización referente
a los distintos autobuses que llegan a la parada que debería ser de doble
lectura por la misma razón aducida en las ordenanzas de urbanismo, mientras
que la que se refiere a información que podría ser de una lectura única. d)La
ubicación en la acera deberá realizarse en función de los parámetros recogidos
en la normativa de accesibilidad en vigor. 5º)ORDENANZAS
DE MEDIDAS DE SEGURIDAD EN PARQUES INFANTILES. En
este caso se trata de regular determinados aspectos a tener en cuenta
en el diseño, construcción y mantenimiento de los parques infantiles para
ajustarlos al Decreto 127/2001, de 5 de junio, sobre medidas de seguridad
en los parques infantiles, de la Consejería de Asuntos Sociales. |
