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3.1.-CRITERIOS
DE PRIORIZACIÓN. DESCRIPCIÓN DE ETAPAS.
La
programación en el tiempo de las actuaciones se ha establecido en cinco
fases diferenciadas bianuales, lo que en total supone diez años de ejecución
real de las mismas, que es el tiempo máximo establecido en la Ley de Atención
a las Personas con Discapacidad en la Comunidad Autónoma Andaluza.
Los
niveles de priorización se han numerado del 1 al 5 coincidiendo con la
importancia de las actuaciones a realizar. Por tanto y a modo de ejemplo,
aquellas actuaciones que tienen el código de prioridad 2 serán aquellas
que, desde el punto de vista técnico, deberían realizarse en el segundo
bienio a contar a partir de la aprobación de este Plan.
No
obstante, como la descripción de las actuaciones a realizar es bastante
pormenorizada y concreta, el Ayuntamiento podría en función de criterios
no estrictamente técnicos modificar los niveles de prioridad establecidos
en este documento.
En
relación con LOS NIVELES DE PRIORIDAD
DE LAS ACTUACIONES EN EL URBANISMO hemos establecido cuatro niveles
en relación con los edificios que conectan los recorridos analizados.
Por tanto, los niveles de prioridad en las actuaciones de los recorridos
irán en paralelo a los niveles de prioridad de los edificios.
Las
plazas y espacios libres que se ubican en los diferentes tramos o itinerarios,
siguen el nivel de prioridad establecido para ellos.
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