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Esta Ley establece en su disposición adicional quinta que “Los Planes de adaptación y supresión de barreras
dispuestos en la presente Ley serán elaborados por las correspondientes
Administraciones Públicas en el plazo de dos años desde su entrada en
vigor y realizados en un plazo máximo de diez años”. La Consejería de Asuntos Sociales en
la Orden de 18 de agosto de 2000 reguló las subvenciones destinadas a
este fin en una primera fase. En ella se establecía para los municipios
mayores de 20.000 habitantes el pago de las subvenciones de forma directa
a los mismos, mientras que para los menores de 20.000 habitantes este
pago se haría a través de las Diputaciones Provinciales. La Diputación Provincial de Granada,
en función de la especialización, trayectoria profesional y participación
en la elaboración de la Guía para la Redacción de Planes Municipales de
Accesibilidad del Real Patronato sobre Discapacidad del Ministerio de
Asuntos Sociales, adjudica la Consultoría y Asistencia Técnica para la
elaboración del Plan Provincial de Accesibilidad de Granada a la empresa
Delgado del Moral Arquitectos, S. L. Esta empresa es un estudio de arquitectura
con especialización en la materia de Accesibilidad al Medio Físico, avalada
por los siguientes datos: ·Colabora
varias ONGs de personas con discapacidad en el asesoramiento técnico,
en la formación y promoción de empleo para las personas asociadas a las
mismas. ·Consuelo
del Moral Ávila imparte la asignatura de “Accesibilidad al Medio Físico”
en la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Granada, única en el
Estado Español que otorga créditos (seis) con esta especialización. Es
una asignatura de Libre Configuración Específica perteneciente al Departamento
de Construcciones Arquitectónicas de la Universidad de Granada. ·Consuelo
del Moral pertenece al Grupo Técnico de Accesibilidad del Real Patronato
sobre Discapacidad, del Ministerio de Asuntos Sociales, participando en
Jornadas Técnicas, Seminarios y Cursos sobre Accesibilidad en todo el
territorio nacional. Ha colaborado en la elaboración de
la publicación del Real Patronato sobre Discapacidad denominada “GUÍA
PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN MUNICIPAL DE ACCESIBILIDAD”, del año 1999. ·Luis
Delgado Méndez está colaborando en la redacción del Reglamento de la Ley
de Atención a las personas con discapacidad en Andalucía y es colaborador
habitual de Consuelo del Moral en todos aquellos trabajos que sobre esta
materia se realizan por parte de la empresa. ·La
empresa DDM ARQUITECTOS, S. L. tiene suscrito un Convenio de Cooperación
Educativa con la UNIVERSIDAD DE GRANADA, en base al cual los estudiantes
de los dos últimos cursos de la licenciatura pueden acceder, como complemento
práctico de su formación teórica en la forma de becarios en prácticas,
al conocimiento de las técnicas y metodología de la Empresa. En base a este Convenio, se han elegido dos alumnos y una alumna de la E. T. S. A. de Granada que han cursado con muy buen expediente la asignatura de “Accesibilidad al Medio Físico”. Igualmente, una de las alumnas fue becaria en prácticas mediante el Convenio de Colaboración similar al descrito con anterioridad entre la UNIVERSIDAD DE GRANADA y la FEDERACIÓN ANDALUZA DE MINUSVÁLIDOS ASOCIADOS.
Por último, la tercera alumna participante, ya licenciada, también
ha cursado la asignatura de Accesibilidad al Medio Físico con muy buen
expediente. A
partir de aquí, se inicia la redacción de la primera fase del Plan Provincial
de Accesibilidad de Granada, que comprende 19 municipios de la provincia.
En la tabla siguiente se enumeran los mismos por comarcas.
Para
cada uno de los municipios antes citados se redacta un Plan Municipal
de Accesibilidad, que siguiendo la misma metodología, trata de realizar
un diagnóstico del medio urbano desde la óptica de la accesibilidad con
el objetivo de proponer soluciones a los problemas diagnosticados y programarlas
en el tiempo de acuerdo a las prioridades y posibilidades del municipio. Se trata, por tanto, de realizar un
PROGRAMA DE ACTUACIÓN VALORADO, que tiene como objetivo último hacer efectivas las obras necesarias para adecuar el medio
urbano y sus espacios a todas las personas incluidas las discapacitadas.
El plazo máximo establecido para
la ejecución material de las mismas es de diez años, tal y como, establece
la Ley de Atención a las Personas con Discapacidad
en Andalucía. Por ello, se configuran éstas, según las prioridades
establecidas por el Ayuntamiento, y de acuerdo a sus posibilidades presupuestarias
y de gestión. Es necesario indicar que en este Plan no se recogen los Proyectos de
Obras entendidos como tales, sino, las
líneas básicas a seguir para la redacción de los mismos, con la profundidad
suficiente para efectuar una primera aproximación al coste de las obras,
necesario para la consecución de uno de los objetivos del Plan: la elaboración del Plan de Etapas que cuantificará
económicamente y programará en el tiempo las actuaciones a realizar. Después, en el momento de realizar
la ejecución material de cada actuación, será necesaria la redacción del
correspondiente Proyecto de Obras, redactado por los técnicos competentes
a los que la Administración Promotora de las mismas les adjudique el trabajo. |
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